El despido disciplinario de un trabajador ha sido declarado improcedente en el juzgado. Dicho individuo se desempeñaba como operador de un servicio de ayuda online desde su hogar. La empresa, en vista del incumplimiento del horario laboral, tomó la decisión de aplicar una sanción por desconexión injustificada.
Se ha determinado en el juzgado que este despido es improcedente, dado que no existen pruebas de que las desconexiones del trabajador ocurran de forma voluntaria. El teleoperador inició su compromiso laboral con la empresa a inicios del año 2019. En vista de la situación actual causada por los contagios de Covid-19, se vio en la obligación de cumplir sus funciones desde casa con un ordenador y móvil propios.
A principios del mes de julio del presente año, a través de una carta de despido, la empresa solicita el abandono del cargo, a la vez que anexa un listado donde se aprecian las diferentes desconexiones ocurridas desde el mes de mayo. Alegando que se trata de un incumplimiento del contrato y siendo esta una falta grave para con la empresa, se ven en la obligación de despedirle.
No obstante, el trabajador se mostró inconforme con la decisión de la empresa, dejando ver que durante los meses anteriores, participó un fallo del sistema en reiteradas ocasiones. Esto le ha servido como atajo para impugnar el despido, presentando pruebas como mensajes en los que informa a la compañía del problema e imágenes capturadas de la pantalla, en las que se muestra claramente un inconveniente del sistema.
Además, alega que debido a las trabas para realizar el trabajo de manera fluida, solicitó una reunión con el soporte técnico para solucionar la situación. Dicha solicitud fue ignorada, por lo que no tuvo más remedio que continuar sus labores con los mismos problemas de los meses pasados.
Para concluir, dio a conocer la falta de advertencias, en las que la empresa debió solicitar una corrección de conducta en caso de que la desconexión ocurriera voluntariamente. Siendo aún más necesarias teniendo en cuenta que desde el inicio de sus labores, hasta el mes de mayo de este año, sus funciones eran cumplidas de manera correcta.
Entonces, el trabajador considera que su despido es improcedente, dado que es imposible comprobar que sus desconexiones ocurran por propia voluntad. Además exige una indemnización debido a que el despido se aplicó sin seguir las leyes. Ante la existencia de pruebas de notificación de fallos de su parte y en vista de que no se tomaron en cuenta, pide que le sea compensado.
El juzgado ha declarado entonces improcedente el despido, obligando a la empresa a readmitir al teleoperador en su mismo cargo, con el mismo sueldo y mejores condiciones para efectuar sus labores o suministrarle un pago de 2.600 €.
Este tipo de inconvenientes pueden evitarse por parte de la compañía. Es necesario orientarse correctamente antes de formalizar el despido de un trabajador. Se trata de una situación difícil y delicada por el que ningún empleado o empleador desea pasar. Al considerarlo, empresas como DespidYa se encuentran a disposición para guiar a empresarios en todo el territorio español. Encargándose de buscar la procedencia, siempre legal, en el despido.